NUEVA PRESENTACIÓN A LA IGJ

Buenos Aires, 8 de Junio de 2007

Sra.
Inspectora General de Justicia
S/D.-
Ref.: Expediente nro. 353437 – Trámite 59703

De nuestra mayor consideración:

Adolfo Horacio Ospital, abogado (t. 33 f.326 CPACF) y afiliado a OSDE 61 259433401, en el expediente caratulado “OSDE (Organización de Servicios Directos Empresarios) s/ denuncia”, a la Inspectora General digo:

Que ampliando la denuncia efectuada y viendo el agravamiento de las conductas contrarias al bien público ejercitadas por quienes detentan de facto el gobierno de la asociación, viene a aportar mayores hechos y acreditaciones en la presente denuncia con la seguridad que la Sra. Inspectora General no desatenderá la gravedad de lo aquí aportado.


I.- Ratificación por parte de otros afiliados

Si bien el temor a represalias por parte de los gobernantes de facto hace que muchos afiliados y prestadores, a pesar de compartir el estupor y la desaprobación, no se atrevan a suscribir la presente, se agregan planillas con las firmas de los afiliados que han logrado vencer el temor.


II.- Violación al estatuto. Remoción improcedente. Impedimento del correcto ejercicio de la fiscalización permanente de la Inspección General de Justicia:

En el escrito de denuncia, se destacaban varias violaciones esenciales al estatuto, pero estas se vieron agravadas según lo demuestra hasta la propia presentación de la entidad.

A foja 477/83 se encuentra agregada el acta de la Mesa Ejecutiva nro. 318, que a fojas 481 pretende justificar el procedimiento de remoción mediante el siguiente pretexto: “No es necesario que el estatuto de la asociación prevea expresamente la revocación de los nombramientos de los miembros de sus órganos estatutarios, puede buscar la aplicación analógica de lo dispuesto por el art. 256 de la Ley de Sociedades Comerciales conforme el cual con referencia al directorio el estatuto no puede suprimir ni restringir la revocabilidad del cargo”. Aún en la hipótesis planteada por los gobernantes de facto, si existiera la posibilidad de revocación la misma debe recaer necesariamente en una decisión que debería ser adoptada por los asociados en un marco de asamblea y no por un grupo de personas que invocan estar disconformes con el desempeño del Presidente.

La sola lectura del artículo al que se hace mención no deja margen de interpretación diferente.
Sostiene el artículo 256 de la ley 19.550 que “El director es reelegible y su designación revocable exclusivamente por la Asamblea…” (el resaltado me pertenece).

En consecuencia, esta revocación siguiendo la hipótesis de los gobernantes de facto – debió haber sido tomada por la Asamblea, y el haber omitido esta circunstancia no hizo otra cosa que impedir que esta Inspección General de Justicia ejerza en debida forma su actividad de fiscalización, ya que una vez convocada la Asamblea y comunicada a la IGJ esta circunstancia, el Organismo de Contralor advertiría – y seguramente enviaría – a miembros de su cuerpo de inspectores a los fines que fiscalicen el normal desenvolvimiento del acta asambleario, más aún cuando el tema a considerar hubiera sido nada menos que la remoción de la máxima autoridad de la institución.

En el particular caso de OSDE la elección de los órganos: Representantes, Consejo Directivo y Presidencia se hace por el voto directo de todos los afiliados, sin que ninguno de esos órganos pueda remover a los demás.

El haber procedido a la remoción manu militari no es otra cosa que haber pretendido esconder el acto a dicho vigilancia. Y ello demuestra que el interés no es velar por el correcto gobierno de la entidad sino simplemente se busca encaramar a un grupo que pretende obtener beneficios para sí.

En este sentido, también resulta sugestivo el escrito de contestación de denuncia, en donde a modo de justificación se deja entrever que las medidas adoptadas por los que ahora detentan el manejo de la entidad, habrían tenido como finalidad evitar la posible intervención estatal en la entidad (ver fs. 607 del mencionado escrito en donde se sostiene que el Sr. González habría sido advertido de que su oposición a admitir las sugerencias del gobierno podrían disparar una intervención estatal sobre OSDE, con el desplazamiento de sus autoridades naturales, y su reemplazo por algún interventor estatal). Y precisamente, les espanta la intervención de esta Autoridad de Contralor pues pretenden torcer la finalidad de bien público de la Asociación y redireccionarla en su propio beneficio.

Asimismo, este acto tuvo por finalidad designar un presidente títere, que por su elevada edad (86 años) y su estado de salud, no puede conducir los destinos de esta asociación ni de las sociedades que la integran: OSDE (el sistema de salud), Arauca Bit (la administradora de fondos de jubilaciones y pensiones), Interturis (el mayorista y minorista de turismo), Binaria (las compañías de seguros) y la Fundación OSDE. Se destaca a la Sra. Inspectora que en el acta de la reunión que habría removido al presidente y cuando el citado (ahora presidente designado por la fuerza o de facto) revestía el carácter de secretario (natural responsable) nisiquiera atina a responder al presidente destituido ni al escribano (ver acta notarial de fecha 1 de Marzo de 2007, más precisamente agregada a fojas 53)

¿Puede permitirse que los destinos de la asociación civil más importante del país de la cual depende la vida de más de un millón de argentinos y la vejez de más de un millón de aportantes, se encuentre en manos de una persona lamentablemente inhábil por su evidente senilidad?

III.- Impedimento del ejercicio del derecho de voz:

No resulta menos grave el hecho que se desprende de las manifestaciones que surgen del escrito de contestación de demanda, en donde de manera expresa se reconoce que se impidió el ejercicio del derecho de voz del Sr. Presidente González.

Si ya resulta inadmisible que se impida el ejercicio de voz a la autoridad máxima de la entidad, más alarmante resulta aún que los miembros de facto que operan en la entidad pretendan justificar tamaña actitud con argumentos burdos y carentes de sentido y justificación alguna.

Nos preguntamos, ¿Cuál puede ser el perjuicio que ocasione el hecho que el presidente de la entidad informe y explique a la amplia comunidad que integra OSDE la situación que impera en la entidad? ¿Cuál fue entonces el verdadero sentido de no dejarlo hablar? ¿Qué es lo que quieren esconder las personas que le negaron la posibilidad de hablar?

Los hechos hablan por sí solos.

IV.- Renuncia producida bajo coacción:

Quienes manejan de facto y por la fuerza la entidad han acompañado copias de la renuncia del presidente (Cdor. González) al cargo de presidente de la mesa ejecutiva y de presidente del Consejo Directivo.-

Esta renuncia con la cual los gobernantes de facto pretenden poner fin a este expediente resulta nula de una nulidad insanable toda vez que fue obtenida bajo presión insoportable. En efecto, tal como puede apreciarse en el acta notarial agregada, se ha utilizado una fuerza irresistible para obtener una declaración de voluntad que en nada se condice con la verdadera intención del sujeto que la vierta toda vez que fue obtenida cercenando su libertad (ver escritura nro. 37 notarial que se agrega al presente).-

(...)
Visto la gravedad de los hechos que llegan a mi conocimiento pido que este Organismo indague los hechos expuestos mediante la citación de quienes habrían participado, conforme será detallado infra.-

La falta de libertad priva de efectos a la voluntad declarada.-
Sobre el particular señala Llambías (Tratado de Derecho Civil, Parte General, Tomo II pág. 519): “Se denomina violencia a la coerción grave, irresistible e injusta ejercida sobre una persona para determinarla contra su voluntad a la realización de un acto jurídico (Conf. De Gáspari L. Obligaciones, I 580, p 561)”.-

Y agrega el autor especialmente para nuestro caso: “Cuando se ejerce la coerción descripta, la voluntad del sujeto no desaparece, pero ella está viciada por resultar afectada fundamentalmente la libertad de la gente”,”…como la voluntad se ha manifestado perturbada en su libertad la ley acuerda al sujeto el derecho de hacer funcionar la sanción de nulidad” (Llambías, Op. citada. Tomo II, pág. 505).

En efecto por imperio del art. 937 y 941 del Código Civil el acto ejercido bajo intimidación resulta nulo.

Cuánto más entonces, resultará inválido a efectos administrativos.

V.- Desviación del interés de la Asociación.- Interés Público comprometido:

Se ha llevado adelante aumentos de las cuotas que pagamos los afiliados sin otorgar explicaciones claras ni concretas de su destino. Sólo fueron pretextos genéricos referidos a aumentos generalizados de los prestadores. Pero en realidad se otorgó un incremento sustancial a los funcionarios que apoyaron y concretaron la irregular medida.

Hemos tomado conocimiento de importantes incrementos producidos en los salarios de altos funcionarios de la entidad. Puntualmente ha llegado a nuestro conocimiento la situación del ahora denominado Gerente General, Sr. Sánchez de Bustamante.

Por esta razón, y conforme facultad fiscalizatoria que esta IGJ posee, resultará altamente recomendable que se indague el verdadero destino del dinero que ingresara como consecuencia del aumento impuesto.

A tal efecto se solicita a la Sra. Inspectora General se requieran los salarios correspondientes a los meses de Enero, Febrero, Marzo, Abril y Mayo de 2007.

Es interés de los asociados evitar aumentos innecesarios y menos que estos se destinen a aumentar sin sentido los emolumentos que perciben los funcionarios que apoyaron el desplazamiento del Presidente con esa finalidad.

En rigor se ha manifestado que se ha utilizado el incremento de las cuotas que deben soportar los afiliados para incrementar las retribuciones del grupo que asumió el gobierno de facto.
Esta situación también afecta al interés público, ya que lesiona el fundamental derecho a la salud (principal horizonte que OSDE debe bregar), al igual que el derecho a la propiedad, por haber sido falsas las argumentaciones para afrontar el gasto mayor sin estar debidamente justificado.
Y se aclara que no sólo afecta el interés público comprometido de los afiliados de OSDE sino que al convalidad incrementos en el área de salud favorece las arcas de los prestadores comerciales y competidores (Swiss Medical S.A., Galeno life S.A., y Medicus S.A.) que ven habilitadas sus posibilidades de incrementar sus ganancias a expensas de los ciudadanos que contratan medicina prepaga.

CONCLUSIÓN: El haber impedido el ejercicio del derecho de voz por parte del presidente e indirectamente el derecho de información a la comunidad que integra OSDE; la particular concepción del término remoción que fuera utilizado, el no haber seguido los cauces normales que debieron haber sido observados para tomar decisiones importantes, cuál era la posible remoción del presidente de la entidad; más la renuncia obtenida bajo coacción, tiñen de nulidad el alejamiento del Sr. González al cargo de Presidente de la Mesa Ejecutiva y del Consejo Directivo de OSDE y deja el camino libre a los aventureros de facto.

No está de más destacar que desde hace un tiempo a la fecha, afiliados de OSDE nos hemos visto perjudicados en la correcta prestación de los servicios que hasta el momento venían siendo suministrados con una calidad superior. En este último tiempo, se ha visto afectada la prestación como nunca antes había sucedido. Ejemplos de farmacias que dejaron de aceptar a OSDE, de pagos de servicios que antes no eran remunerados, la falta de aumento del precio de los reintegros a los afiliados, son sólo algunos pocos ejemplos que demuestran que los únicos afectados terminamos siendo los afiliados.

IV.- Se cite a declarar

En virtud de la grave situación existente, solicito a la Sra. Inspectora General de Justicia, tenga a bien citar a declarar a:

- Rodolfo González, DNI:…., al domicilio de….de la ciudad de Buenos Aires, para que ratifique por ante la autoridad de contralor las manifestaciones que en el presente escrito realizamos, como así también que ponga en conocimiento de esta IGJ de toda otra cuestión que en el marco de la actividad fiscalizatoria esta Inspección estime pudiera corresponder;

- Marcos Vaisman, DNI:….., al domicilio de….de la ciudad de Buenos Aires, a los efectos que brinde las explicaciones del destino brindado al aumento de las cuotas mensuales de la entidad, como así también toda otra cuestión que en el marco de la actividad fiscalizatoria esta Inspección estime pudiera corresponder;

- A toda otra persona que el Organismo considere conveniente a los fines de evaluar las conductas que por la presente se denuncian.

Previo al cierre, visto que los gobernantes de facto, carentes de fundamentos, atentos la evidencia de su ilegítimo accionar y finalidades inconfesables, caen en la vía del agravio personal contra este afiliado, que en su carácter de ciudadano no ha hecho otra cosa que ejercer el derecho constitucional de peticionar ante las autoridades.

Frente a ello, y sabedores de su propia sinrazón, pretenden descalificarme personalmente por ejercer la profesión de abogado, lo que resulta totalmente inadmisible y descriminatorio.

Asimismo, a fojas 583, manifiestan textualmente aludiendo directamente a mi persona: “Que no resulta creíble que un simple asociado,…haya estado en condiciones de constatar por sí, hechos de tamaña gravedad...como los que narra”. Esta afirmación demuestra claramente el desprecio que las autoridades de facto sienten por nosotros los “simples asociados” que pagamos las cuotas y esperamos los beneficios de la asociación, sin ningún otro tipo de interés. Pero fundamentalmente demuestra que han impuesto un cerco informativo que conspira contra la transparencia de su gestión a punto tal de “sorprenderse” del hecho de que un “pobre afiliado” haya podido enterarse de lo que ocurre en la asociación a la que pertenece.

No debería importarles a los gobernantes de facto la forma en que tomo conocimiento de sus acciones en la asociación sino el contenido de los hechos que se denuncian, el que resulta incontrovertible. Adjunto a la presente escritura nro. 37 y siete folios conteniendo las adhesiones de 34 afiliados.

Aprovecho la oportunidad para saludar a la Inspectora General con toda consideración.

Adolfo Horacio Ospital
Abogado y Afiliado.

INFORMACIÓN SOBRE LOS ÚLTIMOS ACONTECIMIENTOS EN OSDE

Nos dirigimos a usted, con motivo de los lamentables hechos que a partir del día 13 de Febrero llevaron a cabo los miembros de la Mesa Ejecutiva a través de una maniobra impulsada por algunas áreas gerenciales de la filial Metropolitana.

En un comportamiento ajeno a las costumbres de la organización y con un procedimiento notoriamente irregular, se presentaron ese día, tres de los miembros de la Mesa Ejecutiva con el fin de remover al Cdor. Rodolfo González del cargo de Gerente General de la Organización.

Argumentan como motivo para esta decisión la inobservancia de normas impuestas por la autoridad en materia de los planes y precios de las cuotas; y la toma unilateral de medidas relacionadas con el aumento de cuotas.

Tales argumentos son a todas luces falsos, tanto aluden a normas inexistentes como niegan haber estado en conocimiento de las circunstancias. El ajuste de tarifas había sido aprobado por unanimidad, en la Mesa Ejecutiva y el Consejo Directivo, en Octubre del año 2006. Esta medida se informó a la Superintendencia de Salud según nota adjunta del día 27 de Octubre, firmada por el Presidente y Secretario y se comunicó por nota a todos los afiliados. Ver Anexo 1, pág 8.

Los resultados de las negociaciones y acuerdos con el Ministerio de Economía durante el mes de Enero, fueron informados a la mesa en forma permanente y al Consejo Directivo el 31 de Enero.

Estas circunstancias, sin embargo, no constaron en el Acta del 21 de Febrero, toda vez que no sólo se omitió el orden del día propuesto por el Presidente, sino que además se negaron a levantar el Acta de la reunión. El día 1 de Marzo el Cdor. González solicitó el libro de Actas del Consejo y el texto del Acta del día 21 y el Sr. Palacios, en nombre de la Mesa Ejecutiva, respondió que “el Acta solicitada no está pasada aún en el Libro correspondiente”, y al solicitarle el borrador lo negó expresando que “hoy no lo va a entregar, haciéndolo en el día de mañana”. Todo lo antes dicho consta en un Acta Notarial levantada a los efectos de certificar estos hechos y que fue firmada por el Presidente y otros miembros de la Mesa Ejecutiva. Se adjunta la misma al presente como Anexo 2, págs. 9 a 11.

El día 5 de Marzo se hizo presente el Presidente y le solicitaron que firme en el libro lo que se había copiado como acta 209, circunstancia a la que se negó no sólo por la irregularidad con que se llevó a cabo, sino también por cuanto omiten todas las manifestaciones por él expresadas durante la sesión. Ver Anexo 3, pags. 12 a 17.

Como último punto al respecto, cabe destacar que las medidas adoptadas por la Organización en Febrero sobre el ajuste de tarifas, fueron exactamente las mismas que se negociaron durante el mes de Enero entre el Secretario de Comercio y el Presidente.

Los restantes argumentos expuestos por el Sr. Palacios en el Acta 209 del día 21 de Febrero del presente, se contradicen por sí mismos con el sólo hecho de enumerar algunos de los indicadores del gran desarrollo y el prestigio alcanzado por la institución en los últimos tres años:

Como primer signo destacado del crecimiento de OSDE se puede referir la cantidad de socios beneficiarios que alcanzó al millón para Octubre del año 2005, y que a Febrero de 2007 alcanzó un millón doscientos mil. Resulta también significativo que en el período Noviembre 2006- Febrero 2007, en el cual se discutió el aumento de las cuotas, OSDE incorporó aproximadamente 50.000 beneficiarios.

Este incremento se logró con una fuerte acción institucional, a través de un cuerpo de promotores que trabajan sin percepción de comisiones, de las recomendaciones de los propios afiliados y de los prestadores, especialmente médicos; algunos en su doble condición de prestadores y afiliados. También la Fundación fue, en los últimos diez años, una herramienta importante para el crecimiento de OSDE en imagen y en afiliados. Se adjunta el reportaje realizado por la periodista Daniela Terragno, para la Revista Mercado al Cdor. González, titulado “En total sintonía con la sociedad”, Octubre 2006. Anexo 4, págs. 18 y 19.

Actualmente, cada vez más empresas son conscientes de que la tradicional misión de “maximizar las utilidades” ya no es suficiente. Entre muchos altos ejecutivos existe un entendimiento de que la responsabilidad social empresaria ha llegado para quedarse. (Steve Rochlin, “Llevar la responsabilidad corporativa al ADN de su empresa, Harvard Business School Publishing Corporation. Agosto 2005). Una encuesta del Banco Mundial reveló que sólo el 22% de las 100 multinacionales más grandes del mundo ha progresado en incorporar la responsabilidad social en sus operaciones diarias. La Fundación OSDE fue el vehículo a través del cual se promovieron desde 1992 acciones de debate en el ámbito social-económico y político, la capacitación médica permanente y más recientemente acciones culturales concretas como la Revista Todavía y los Premios de Artes Visuales.

El prestigio alcanzado por OSDE en materia de imagen se puede ratificar sintéticamente a través de las siguientes menciones otorgadas por importantes medios a nuestra organización:

- Mejor empresa en Salud a OSDE, Premio Fortuna Año 2005

- Sexta posición entre todas las empresas en la encuesta de calidad realizada por Revista Mercado en el año 2005. (Anexo 5, págs. 20 y 21)

- Puesto N° 13 en el Ranking Prestigio CEOP de Clarín, “Las 100 empresas más admiradas de la Argentina” 2006, escalando desde el puesto 23 en el año anterior.
(Anexo 6, págs. 22 a 24)

- Sexto lugar en el Cuadro de Honor organizado por la Revista Mercado en el año 2006, siendo la primera empresa de medicina prepaga que figura entre las diez primeras. (Anexo 7, pág. 25)

Merece destacarse que OSDE es la única empresa de tipo mutualista que compitió con las mejores empresas de todos los rubros.

Asimismo, al Cdor. Rodolfo González, en carácter de Presidente y Gerente General, le fue conferido el Premio Fortuna al mejor empresario en salud del año 2004.

Entre las mejoras implementadas durante la gestión del Cdor. González se puede enunciar:

• El servicio de urgencias, que a partir del 1° de Enero, funciona las 24 hs. del día, los 365 días del año, y constituye el más importante servicio incorporado por OSDE en toda su existencia, siendo además el primero de estas características en nuestro país. Cuenta con un software georeferencial en todos los puestos de atención del territorio Nacional, y además con equipos de operadores especialmente capacitados en las filiales de Mar del Plata, Mendoza, Neuquén, Rosario, Tucumán y Metropolitana, para minimizar cualquier contingencia que se produjere en los sistemas de telecomunicaciones considerando el extenso territorio de nuestro país.

• El proyecto integral del Centro de Contacto Global implicó la instalación de nueva tecnología telefónica en los cinco nodos. Se desarrolló un modelo basado en la autogestión de los integrantes del CCG y la nacionalización del servicio de atención, lo cual implica una homologación de los criterios y de los alcances de los servicios gestionados.

• El modelo de Gestión para la Atención Personalizada logró disminuir la emisión de órdenes a su mínima expresión, y suprimió al mínimo la cantidad de autorizaciones previas para el otorgamiento de servicios.

• Se trabajó en conjunto con los prestadores médicos para ofrecer Servicios en línea, que entre otros beneficios preveía el ingreso y actualización de los Curriculums de los prestadores a través de Internet, para erradicar la posible intervención de “gestores oficiosos” en la incorporación a las cartillas de profesionales y centros de atención.


Como último punto respecto a la gestión del Cdor. Rodolfo González, haremos mención a las cifras que registra el balance al día 30 de Abril del 2006. Cabe destacar que la actual OSDE comenzó a funcionar sin patrimonio alguno, en Agosto de 1972, fecha que coincide con el comienzo de la gestión del Cdor. Rodolfo González como Gerente General; en una oficina facilitada por la Unión Industrial Argentina y por otras entidades en algunas filiales del interior.

A través de los 34 años de su gestión se llegó a los siguientes valores registrados en los Balances de los últimos dos ejercicios (Ver Anexos 8, 9, 10 y 11; pags. 26 a 29):


En el rubro Patrimonio Neto, está comprendida la propiedad de las sedes centrales de las 37 cabeceras de OSDE, y las sedes centrales de ARAUCA BIT, de URGENCIAS Rosafé y de varios locales de CAP. Se adjunta cuadro de bienes de uso.

Los Balances que fueron registrando el crecimiento en afiliados y en patrimonio de OSDE a lo largo de 34 años fueron aprobados en todos los casos por unanimidad de la Asamblea de representantes, tras recibir el informe previo del Cdor. González.


Consideraciones Finales


El día 13 de Marzo la mesa resolvió, pese a no tener facultades, remover al Presidente. El motivo, según el acta notarial que se acompaña como anexo 12 (págs. 30 a 41), es “el incumplimiento de las funciones estatutarias y observar una conducta notoriamente perjudicial a los intereses de la asociación”… “ya que el Sr. Rodolfo González concurre a diario a la entidad” y al mismo tiempo afirman “…inasistiendo casi siempre a las reuniones de la Mesa Ejecutiva”.

Simultáneamente se emitió un comunicado interno en donde deciden prohibirle la entrada a todas las oficinas de OSDE y demás empresas del grupo. Ver anexo 13, pág. 42. Los argumentos utilizados son groseros, débiles y en ninguna medida justifican esta nueva violación del estatuto, con el agravante de que González nunca fue convocado a las reuniones de Mesa, y tampoco fue citado a la reunión de consejo en la cual supuestamente ratificaban su apartamiento, duplicando la violación estatutaria.

El Sr. Tomas Sánchez de Bustamante, designado en medio de estos procedimientos irregulares como Gerente General, es un hombre de 57 años que hace más de 25 años que trabaja en OSDE en el área de Relaciones Públicas Institucionales. El mismo no cuenta con experiencia ni formación para un cargo de estas características.

Este es otro indicio de cómo se pretende desactivar todos los mecanismos de dirección, liderazgo y control interno que hacen al sano y limpio funcionamiento de la empresa.

Es por este motivo que todos aquellos que mantienen una participación activa en la toma de decisiones de la organización, y son en consecuencia responsables por el accionar de estas pocas personas que dirigen OSDE como si la misma se tratara de una sociedad comercial, deben exigir se les informe apropiadamente sobre todas las circunstancias.

En cualquier organización es necesario el intercambio de opiniones entre todos aquellos involucrados en las distintas etapas de los procesos que hacen a la marcha de la institución. En el caso de OSDE, por haber practicado a lo largo de su trayectoria el libre intercambio de ideas, y por su carácter federal y nacional, no puede permitirse que este tipo de acontecimientos se manejen en la penumbra, y traten de concentrar estas decisiones en pocas personas excluyendo de la información a los afiliados, representantes, apoderados y personal de la organización, especialmente en el interior del país. (Se adjunta Acta Notarial anexo 14, pág 43 en la cual quedó constancia que al Cdor. Rodolfo González le fue vedada la posibilidad de comunicación con el personal y con los directivos de la organización en todo el territorio Nacional).

Esto que de por si, es un hecho gravísimo, constituye una aberración cuando la persona a quien se le prohíbe el uso de la palabra es quien comenzó su gestión al iniciarse la institución, diseñando el proyecto, liderándolo e incorporando a la gente que a través de todo el territorio nacional trabajó, cada uno en lo suyo, para lograr la brillante actualidad de OSDE; habiendo conducido este proceso siempre con una política de diálogo abierto y recibiendo en 35 Asambleas realizadas hasta el presente el apoyo unánime de todos los representantes. Debiendo destacarse asimismo, que OSDE comenzó siendo una empresa de tipo mutual para dar servicios de salud y esparcimiento, también por iniciativa del Cdor. González con el apoyo unánime de los representantes, creó varias empresas que han resultado exitosas permitiendo así configurar uno de los Grupos Empresarios más importantes del país, sin perder sus características de Entidad sin Fines de Lucro y al servicio de la comunidad.

Se podrían enumerar muchos otros jalones de la trayectoria de OSDE, pero con los mencionados alcanza para comprender que la decisión de remover al contador González, constituye un desacierto y es perjudicial a los intereses de la Organización.

Esto, si bien no justifica, permite explicar porqué un grupo de personas tomó estas decisiones en forma tan irregular, y que por tratarse de actos tan trascendentales en la vida de la organización como son el apartamiento del Gerente General y Presidente, constituyen una falta de respeto a los afiliados, representantes, apoderados y personal de la Institución. Al mismo tiempo configuran una violación a los derechos individuales, una grave trasgresión a los Estatutos y, a las leyes vigentes.

Estos hechos fueron denunciados a la Inspección General de Justicia, a raíz de lo cual dicho organismo ha ordenado una inspección integral a la Administración Central de OSDE. La denuncia contó con el apoyo de numerosos afiliados que pese a la desinformación con que se llevaron a cabo estos procesos irregulares lograron acercarse a esta realidad. Es por este motivo que consideramos fundamental que estas circunstancias se aclaren y sean tratados como corresponde, con transparencia y claridad; teniendo como objetivo principal a la institución y a la calidad del servicio a sus afiliados.

Las numerosas irregularidades y medidas improvisadas adoptadas en menos de tres meses por quienes detentan la dirección, reclaman la activa participación de quienes pueden contribuir a reencauzar la entidad, por el bien de sus afiliados, de quienes trabajan en ella y de la sociedad en su conjunto.


Atentamente,

Abril, 2007.

CARTA A LA SUPERINTENDENCIA. (Anexo 1)

CERTIFICACIÓN DE NEGATIVA A ENTREGAR EL ACTA.(Anexo 2)





ORDEN DEL DÍA (REUNION 21 DE FEBRERO) Y ACTA IRREGULAR 209.(Anexo 3)











REPORTAJE "EN TOTAL SINTONIA CON LA SOCIEDAD" D.TERRAGNO. REVISTA MERCADO. OCTUBRE 2006.(Anexo 4)








En total sintonía con la sociedad


Binario y Arauca Bit son, respectivamente, las empresas de salud y de jubilación de Grupo OSDE. Ambas fueron seleccionadas por empresarios como mejores marcas en la encuesta que realizó Mercado en octubre pasado. Sin embargo, como dice Rodolfo González, OSDE casi no tiene presupuesto de marketing. ¿Cómo es que resuena entonces entre las mejores marcas del país?

Según explica el contador Rodolfo González, gerente general del Grupo OSDE (tanto Binario como Arauca Bit poseen 1.100.000 afiliados cada una en su haber) y estudioso entusiasta de la cultura nacional: “La población argentina ha desarrollado un sistema inalámbrico boca a boca que nunca sabemos dónde empieza ni dónde termina; lo cierto es que cuando alguien es creíble en lo que hace, inmediatamente se extiende.”
González concordaría con uno de los consejos de Marty Neumeyer en The Brand Gap, libro que Mercado ha seleccionado entre los mejores sobre Branding en lo que va de la década: “una marca no es lo que usted dice sobre ella sino lo que dicen ellos.”

¿Y qué dicen ellos? Realizando una breve investigación en la versión beta de Google Blog Search – herramienta que permite buscar palabras exclusivamente dentro de esta nueva forma de expresión de pensamientos que es un blog -, encontramos que Arturo Moya (www.arturomoya.com) escribe: “bien por la gente de OSDE!” por la “organización impecable” de la conferencia de James Boyle que brindó la Fundación OSDE en Córdoba. Por su parte, Claudio Ruiz, autor del blog www.quemarlasnaves.net, subtitulado Derecho, Internet y Nuevas Tecnologías, brinda “agradecimientos y felicitaciones” a la Fundación OSDE por el “espectacular seminario”: Entre lo público y lo privado: los bienes comunes en la sociedad de la información.

Las empresas de OSDE tendrán sólo un “mini” presupuesto de marketing y serán contadas sus campañas de publicidad; pero, tal como lo demuestran los bloggers, la Fundación OSDE es en sí una máquina propagadora de la marca OSDE. Aún cuando sea cierto lo que dice González acerca de su propósito “lo que hacemos son actividades hacia la sociedad, que no tienden a vender más – tienden solamente a convivir.”

Siendo que la finalidad de los servicios que presta el Grupo OSDE es la salud, el bienestar económico y el disfrute del tiempo libre, los temas que busca instalar tienen que ver con lo que explica la misión de la fundación: “desarrollar propuestas que conjuguen la libertad y la creatividad, entendidas éstas como herramientas necesarias para contribuir con los procesos de transformación de la sociedad.”

La diversidad y cantidad de actividades de la Fundación OSDE (www.fundacionosde.com.ar), tanto en el ámbito médico como en el cultural, es desbordante. Además de organizar varios seminarios, encuentros, conferencias, coloquios y cursos todos los meses, la fundación cuenta con un espacio de arte propio, un fondo editorial para libros y una revista de cultura – TodaVía – con más de 9.000 suscriptores.

Con esta inusual aplicación de fondos que tradicionalmente se destinan a campañas de publicidad, se genera entre los potenciales clientes – la clase media argentina- un espíritu de asociación a la marca que luego facilita la tarea de los vendedores. Es como dice la dupla de Al y Laura Ries en 22 Immutable Laws of Branding: “el branding realiza la pre-venta del producto o servicio al usuario.”

Pero para Rodolfo González, hay una sola razón por la cual empresas como Binario y Arauca Bit se encuentran en el podio de las marcas más apreciadas: “el mejor marketing en una empresa de servicios es el servicio.” dice González y agrega: “Siempre hemos cuidado que la gente que trabaja en nuestra institución tenga vocación de servicio; que no sólo lo haga porque es su obligación sino que sienta que el dar el servicio de la manera que el otro lo está requiriendo también produce satisfacción.”

Varias veces el Grupo OSDE tomó decisiones que fueron a contra corriente de la competencia, dejándose guiar por sus propias convicciones. Como, por ejemplo, armar un fondo de pensión no asociado a ningún banco porque “los bancos se estaban metiendo donde no debían y desviando su atención de su función indispensable como herramienta de desarrollo de un país.”

Otra gran ruptura con las prácticas habituales de la industria fue la eliminación de los vendedores a comisión en el año 1991. “El trabajo a destajo nunca fue algo elogiable. El individuo vive estresado y es obligado a mentir porque de ello depende su subsistencia y la de su familia”, opina González. “Optamos por una política que muchos consideraron desatinada. Enfrentamos a competidores que tenían un enorme despliegue publicitario, tanto en jubilación como en salud, con un desafío: no creemos en el trabajo a destajo, no pagamos comisiones, no damos premios.” González tuvo resistencias internas. Los gerentes preguntaban: ¿cómo vamos a hacer?...¿cerrarán los números? González respondió: “Hace 20 siglos un joven de Galilea salió con doce promotores que no cobraban comisiones y se concretó la operación de marketing más gigantesca de la historia; y eso que se quedaron sin jefe en poco tiempo. Tenían un trabajo mucho más difícil que el nuestro y además nosotros somos más que doce. Entonces vamos a poder.”

González insiste en que la clave de lograr una buena marca está en concentrar los esfuerzos en brindar un buen servicio y tratar a la gente como se merece. Tiene dos citas de un poema de Raúl González Tuñón que usa para ilustrar su manera: “Terminada la función – canción, paloma y baraja – todo cabe en una caja; todo, menos la canción. (…) Su prestidigitación – canción, paloma y baraja- El tiempo humilla y ultraja. Todo, menos la canción.” M

ENCUESTA DE CALIDAD. REVISTA MERCADO. AÑO 2005.(Anexo 5)



RANKING PRESTIGIO. CEOP DE CLARIN. AÑO 2006.(Anexo 6)









CUADRO DE HONOR. REVISTA MERCADO. AÑO 2006.(Anexo 7)

BALANCE. EVOLUCIÓN DEL PATRIMONIO NETO.(Anexo 8)

BALANCE. ESTADO DE RESULTADOS.(Anexo 9)

BALANCE. INVERSIONES.(Anexo 10)

BALANCE. BIENES DE USO.(Anexo 11)

ACTA DESTITUCIÓN DE PRESIDENTE























COMUNICADO INTERNO PROHIBIENDO EL INGRESO DEL PRESIDENTE (anexo 13)

CERTIFICACIÓN DE NEGATIVA DE LA MESA AL USO DE LA PALABRA (anexo 14)

DENUNCIA EN LA IGJ (Inspección General de Justicia)

Buenos Aires, 15 de marzo de 2007.-
Sra.
Inspectora General de Justicia
S / D.-

De nuestra mayor consideración:
Adolfo Horacio Ospital, abogado (t. 33 f. 326 CPACF) y afiliado a OSDE 61 259433 4 01, constituyendo domicilio a todos los efectos de la presente en Tucumán 540 piso 28º “A” de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (tel: 4394-2741) a la Sra. Inspectora General me presento y digo:

I - PERSONERÍA
Acredito el carácter invocado adjuntando fotocopias del carnet de afiliado, último recibo de pago de la cuota de afiliación y cédula de identidad y me comprometo a exhibir los originales de la documentación que en copia se acompaña en caso que la Sra. Inspectora General lo estime pertinente.-

II - OBJETO
Que en mi carácter de afiliado a OSDE al igual que mi esposa y cinco hijos he constatado hechos de suma gravedad en esta entidad de bien público a la que he confiado la salud de mi familia que entiendo requieren su inmediata intervención en calidad de autoridad de aplicación para evitar los graves males que con toda seguridad devendrán en la destrucción de la mas representativas realizaciones del mutualismo de nuestro país y del mundo.-
Invitado por miembros de la Comisión Directiva, quienes me manifestaron su estupor ante los hechos que se venían sucediendo pude comprobar personalmente las circunstancias mencionados por ellos. Asimismo, se mi hizo entrega de la documentación que como anexos se adjunta a la presente denuncia.-
Si bien por una cuestión de urgencia suscribo la presente denuncia, un número importante de afiliados - quienes comprometieron su adhesión a la presente - me han requerido que de inicio a esta denuncia sin demora a fin de evitar daños irreparables que ocasionarán cualquier demora o dilación en la intervención de esta Inspección General.-

II - ANTECEDENTES
La hoy OSDE fue creada en el año 1970 habiendo comenzado con sus prestaciones a favor de la comunidad en el mes de agosto de 1972.-
Desde esa fecha hasta el presente se desempeñó como su gerente general el Contador Rodolfo González, asumiendo la presidencia el 31 de agosto del año 2001 (acta número 141 del libro de actas), siendo reeligido en el mes de agosto de 2005, por un nuevo periodo de cuatro años.-
Desde su nacimiento, OSDE, estuvo orientada a promover la prestación de servicios médicos y de salud en general a favor de sus asociados. Pero por su carácter de entidad sin fines de lucro y teniendo en mira el interés común, genero un efecto claramente beneficioso para el desarrollo de la atención medica en el país como así también a favor de otras actividades sociales.-
Con los años, habiendo sido su interés fundamental promover la salud de la población a diferencia de otras entidades que buscaban ya sea el lucro de manera exclusiva o intereses sectoriales, consiguió mejorar la calidad de las prestaciones medicas, el mejoramiento de las relaciones medico-pacientes, el acceso a la cobertura de salud, la apertura democrática a todos los profesionales del arte de curar, la retribución justa a los prestadores, etc.-
El efecto “OSDE” implico un aire esperanzador pero muy concreto sobre las posibilidades reales de éxito del mutualismo en nuestro país.-
A partir de OSDE se construyo un espejo en el cual buscan reflejarse todas las expresiones del mutualismo no solo de nuestra Argentina sino también del resto de América y del mundo. A punto tal que se propuso el “Modelo Gerenciado de Salud”, el cual figura en la página de internet de OSDE. Este modelo prevé el armado de un esquema mutualizado con gerenciamiento moderno, que incluye no solo a los prestadores privados de salud con y sin fines de lucro, sino también a los hospitales públicos. Este modelo fue visto con sumo interés por el Hopkins de Baltimore de Estados Unidos (modelo de entidad de bien público) al punto que dicha entidad, solicitó a OSDE, incluir en un seminario internacional, que se realizo en el año 2000, un capitulo denominado: “OSDE de Argentina: un caso internacional de estudio”; en dicho seminario participaron representantes de treinta y seis países.-
OSDE demostró que se puede ser solidario, abierto a la sociedad, justo y plural, todo a la vez sin resignar eficiencia como lo exige el cuidado de un bien supremo como es la salud de sus asociados.-
Precisamente en el ámbito de la salud, OSDE organizo planes de cobertura integral sin aranceles moderadores, limitando al máximo las autorizaciones previas para acceder a las prestaciones. Abrió sus cartillas en todo el país eliminado el sistema que habían adoptado la mayoría de las instituciones con y sin fines de lucro de abaratar costos por concentración de demanda en pocos prestadores.-
Asimismo se integro al proceso de recertificacion profesional permanente y periódica avalado por la Academia Nacional de Medicina y llevado a cabo por las Sociedades Científicas de Especialidad con la colaboración de la Fundación OSDE. También fue iniciativa de OSDE que hace aproximadamente 11 años se constituyese el ITAES (Instituto Técnico de Acreditación de Establecimientos de Salud). Este modelo de certificación profesional periódica y de acreditación de establecimientos esta tomado del modelo estadounidense para garantizar a la población estándares de calidad de las instituciones y de los profesionales de la salud.-
Se creo el sistema de urgencias con móviles y personal propios en la Ciudad de Rosario denominado Sistema de Urgencias del ROSAFE y conocida como “Urgencias 4351111”. Luego se extendió este servicio a la Ciudad de Córdoba.-
En base a ambas experiencias se monto a nivel nacional un sistema de urgencias médicas con o sin riesgo de vida de manera integrada en todo el territorio nacional las 24 horas del días y los 365 días del año con un único numero telefónico a partir del 1º de enero de este año conforme se le avisó a todos los afiliados.-
Con motivo de la crisis del año 2001 la Brother´s Brother Foundation de USA tomó contacto con la B´nai B´rith y esta Asociación Civil con presencia en todo el mundo invitó a OSDE, en razón de su trayectoria como entidad de bien público, para actuar en forma conjunta para utilizar los medicamentos que la primera entidad mencionada ofrecía para los sectores de menores recursos de nuestro país. Así desde fines del año 2002 hasta el año 2006 se entregaron a casi doscientas entidades asistenciales de bien público, en su mayoría hospitales de todo el país, medicamentos por un valor de dólares estadounidenses cuarenta millones a precio de costo (u$s 40.000.000).-
La B´nai B´rith se hizo cargo del flete hasta el puerto de Buenos Aires. OSDE aprovechando su estructura nacional, sus cuerpos técnicos y sus vínculos en todo el país acordó en cada caso con hospitales zonales de cada provincia cuales eran sus necesidades, las cuales le eran elevadas a la fundación donante. Además se hizo cargo del costo del flete y de la distribución y entrega de los medicamentos contra recibo firmado por la dirección del hospital (estos recibos fueron remitidos al donante para certificar la entrega a los beneficiarios).-
El programa continúa en la actualidad, habiéndose efectivizado una nueva entrega de medicamentos en hospitales de varias ciudades de la Provincia de Entre Ríos.-
Asimismo proveniente de la Fundación Wheel Chair en el año 2006 se entregaron, dentro del mismo programa conjunto con la B´nai B´rith, doscientas (200) sillas de ruedas a lisiados sin recursos contra recibo firmado por cada beneficiario o el familiar responsable.-
Pero la actividad de OSDE no se limito al área de la salud sino que en busca de su fin de bien público, que constituye su razón de ser, extendió sus actividades a la previsión social como así también a la promoción de la cultura y del arte.-
En el año 1994 cuando diversas entidades bancarias monopolizaron el rubro de las Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones (AFJP) creo Arauca Bit, la única administradora no bancaria.
Ella creció afiliado por afiliado sin utilizar mecanismos cuestionables como el trabajo a destajo (es decir sin pagos de comisiones) de promotores ni la compra de cartera de manera compulsiva, hasta llegar a 1.200.00 afiliados. En este caso nuevamente se demostró que el espíritu mutualista y el esfuerzo mancomunado y decente podían alcanzar la eficiencia en beneficio de la comunidad, a punto tal que importantes entidades financieras internacionales quedaron sorprendidas frente al poder del mutualismo nacional.-
Paralelamente se crearon dos compañías de seguros: Binaria Seguros de Vida y Binaria Seguros de Retiro, que también alcanzaron un alto grado de ponderación en la sociedad.-
Entre otras actividades se apoyo a la Fundación Protagonizar que en la zona oeste del gran Buenos Aires, con epicentro en San Miguel, organizó un proyecto de “Banco para carenciados” siguiendo el modelo de Yunus, el banquero de Bangladesh.-
Dentro del ámbito de la cultura se editó la revista “Todavía” que desde sus páginas promueve la integración cultural y social latinoamericana.-
Esta revista tiene diez mil suscriptores, se han editado quince números a razón de tres por año y escriben en ella intelectuales de gran prestigio, especialmente, de Argentina, Chile, Uruguay y otros países de América Latina. Asimismo se enviaban dos mil ejemplares sin cargo a universidades, catedráticos y otras instituciones de nuestra América.-
También se puede consultar la colección completa en Internet. Habiéndose registrado miles de ingresos a la misma.-
A través de la Fundación OSDE se realizan cursos de capacitación para profesionales de la salud, algunos de temas específicos, otros más generales y se han organizado junto con varias sociedades científicas los cursos que habilitan la certificación y recertificación periódica, para médicos. Además importantes conferencias sobre temas económicos, sociales y culturales, más de seis seminarios internacionales con participantes de países latinoamericanos, especialmente del cono sur.-
Se han realizado tres concursos o premios nacionales de arte los años 2004, 2005 y 2006, con la participación en cada uno de ellos de casi siete mil artistas nacionales en artes visuales de todo el territorio de la República.-
En la misma línea de promoción social se han realizado innumerables conferencias, seminarios y concursos para jóvenes emprendedores en las treinta y seis filiales de OSDE del interior del país.-
Lo anterior constituye una apretada síntesis del pasado y de la actualidad de OSDE pero en modo alguno puede siquiera representar la magnitud que esta institución adquirió en la República y cuyo presente y futuro se encuentra amenazado.-

II - LA SITUACION ACTUAL
Nos encontramos ante un proceso que tiene por finalidad privar a OSDE de su esencia quitándole toda razón de ser como entidad abierta a la sociedad y dirigida al bien común y a la promoción social.-
Se utiliza como pretexto la sana intención de la presidencia de investigar la presunta existencia de un acto contrario a los intereses de la institución por parte de su tesorero.-
Aprovechan a fin de evitar que la investigación de estos hechos prive al grupo reaccionario de uno de sus miembros se precipita un golpe seudo institucional con las siguientes características y finalidades:
a) Anulación del funcionamiento normal de los órganos, evitando el debate e imponiendo la voluntad de unos pocos que pretenden obtener negocios ante la inexistencia de otros ingresos en sus actividades particulares.-
b) Desmantelamiento de los controles para permitir la realización de negocios también particulares.-
c) Apartamiento de OSDE de su finalidad de bien público convirtiéndola en una sociedad comercial en beneficio de algunos miembros de la comisión directiva.
Sobre el particular cabe destacar lo previsto por esta Inspección (Resolución I.G.J. Nº: 852/00): “Que, los hechos enunciados …, conlleva a la desnaturalización de la esencia misma de la asociación, en tanto ésta, en principio, no puede obtener lucro aunque ello no signifique que no pueda contar con ingresos. En tal sentido cabe distinguir entre el llamado lucro subjetivo y lucro objetivo: En la asociación no debe existir lucro, pero solo cuando se entiende el lucro en sentido de lucro subjetivo, es decir, lucro de los socios. Como se ha dicho, “aun pudiendo perseguir a realizar a través de la propia actividad un complejo de ganancias ( lucro objetivo ), no puede obtener como propio objetivo la distribución a los asociados de las ganancias eventualmente realizadas (lucro subjetivo) sin transformarse automáticamente en una sociedad lucrativa” ( Renzo Costi, Societá in generale Torino, 1967, pág. 28). Mas claramente, García Trevijano expresa que las “asociaciones pueden tener un fin lucrativo no único y exclusivo, pero sin que este fin traspase a los miembros (como sucede en la sociedad ) y en esto radica la diferencia” (Principios jurídicos de la organización administrativa, Madrid, pág. 154).

d) Eliminación de toda actividad de promoción social que no implique un beneficio económico inmediato.-
Tamañas irregularidades devienen en un manejo contrario a las finalidades de OSDE que en primer lugar afectarán a mi grupo familiar y al mismo tiempo irradiarán sus efectos negativos a todo el universo de afiliados que confían su salud y la de sus hijos a OSDE.-

III – FUNDAMENTOS JURÍDICOS
A tenor de lo dispuesto por el art. 33 del Código Civil, las asociaciones civiles sin fines de lucro, como OSDE deben tener por finalidad: “…principal objeto el bien común”.-
Ello constituye su razón de ser como sostiene Etcheverry (Raúl Aníbal: “Formas jurídicas de la organización de la empresa”, Ed. Astrea, abril 1989, pág. 40): “Las asociaciones requieren: a) tener por principal objeto el bien común …” “La ley es más estricta: el fin no puede ser lucrativo, sino de utilidad general o bien público” .-
En igual sentido se ha expedido la Inspección (RESOLUCION I.G.J. Nº 0541/02): “Que para interpretar el sentido del citado artículo 33, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha expresado que "el bien común es el bien estatal, es decir, el objeto de la asociación tiene que poseer en sí mismo una incidencia directa sobre el bien común que mueva al Estado a otorgarle una calidad determinada, esto es, la autorización para funcionar. En otros términos, al reconocer el Estado la especial incidencia que sobre el bien común tiene el objeto societario, lo asume como propio otorgando la autorización para funcionar" (Fallos, 314:1564). Incluso, en este mismo orden, se ha sostenido que cuando una asociación civil que traduce en su objeto una finalidad de bien común o bienestar social, "no cabe duda de que está participando, siquiera sea mediatamente, en las funciones del Estado" y en tales razones debe buscarse la justificación legal de que las asociaciones sean reconocidas como tales (LOPEZ-NIETO Y MALLO, Francisco, "La ordenación legal de las asociaciones civiles", Dykinson, Madrid, 1995, pág. 215)”.
Constituyendo su razón de ser, OSDE desarrollo toda su actividad en los campos de la salud, de la previsión social y de la cultura, promoviendo el bienestar entre sus asociados y también irradiando su actividad benéfica a favor de toda la sociedad.-
Pero desde la ocurrencia de los hechos mencionados, un grupo reaccionario se ha alzado con el manejo exclusivo y excluyente de OSDE en su propio beneficio.-
Una asociación de bien público no puede manejarse como una sociedad mercantil desconociendo sus finalidades y prohibiendo el normal desempeño de sus órganos de gobierno. Cabe aclarar que OSDE no es una entidad que se encuentre comprendida dentro del art. 3 de la ley 19.550.-
(a) Impedimento al órgano presidencial de ejercer sus funciones: Dentro de este esquema se inscribe la prohibición de facto impuesta al presidente, tendiente a impedir el ejercicio de sus funciones.-
En efecto, al impedirse al órgano presidencial el debate tanto dentro de la Mesa Ejecutiva como así también dentro de la Comisión Directiva se promueve un funcionamiento anormal del órgano.-
Ello llegó al extremo de la arbitrariedad al prohibirse al presidente dirigirse a toda la organización para referir sus puntos de vista al cortar, por orden del Consejero Palacios, la transmisión de un enlace video conferencia interno a todas las filiales de OSDE del país.-
¿Cuál es el motivo para impedir la presencia del presidente en las reuniones de la Mesa Directiva y la toma de decisiones sin que pueda participar en el debate de las mismas?
¿Cuáles son las cuestiones que un grupo de iluminados pretende tratar a espaldas de quien debe presidir sus sesiones? ¿Pretenden excluir a los asociados del conocimiento de los actos de gobierno?
Es por ello que se requiere al Sr. Inspector General se permita al órgano presidencial el pleno ejercicio de las funciones que le confiere el art. 38 del Estatuto.-
(b) Revisión de medidas ilegales: Una asociación debe ser conducida con el juego armónico de sus instituciones y los actos de los mismos deben ser debe ser conducida con el juego armónico de sus instituciones y los actos de los mismos deben ser fundados y tomados de buena fe. Ello toda vez que no debe nunca perderse de vista que la asociación tiene personería para alcanzar su finalidad y esta no es otra que el bien público.-
Es por ello que los órganos deben proceder correctamente y fundar sus decisiones en la obtención de los fines últimos de la entidad.-
Ahora bien, mediante acta notarial de fecha: 13 de febrero de 2007 que se adjunta como instrumental letra “e” los consejeros Palacios, Vaisman, y Oberti notificaron al Gerente General y Presidente, Cdor. Rodolfo González: “… mocionan en el sentido de remover del cargo de gerente general de la organización al Sr. Rodolfo González por el mal ejercicio de su cargo puesto de manifiesto con motivo de la instrumentación de las normas impuestas por la autoridad de aplicación en materia de los planes y los precios de las cuotas a pagar mensualmente por los afiliados. …”.-
Frente al motivo argüido debe tenerse presente:
a) Que no se precisa quién sería la autoridad de aplicación, que en materia de precios, podría especularse que se trataría de la Secretaría de Comercio Interior, dependiente del Ministerio de Economía de la Nación.-
b) Pero lo esencial es que no existe norma alguna impuesta por la autoridad de aplicación en materia de los planes y los precios de las cuotas a pagar mensualmente por los afiliados. Rige al efecto la libertad (art. 14 Constitución Nacional) y OSDE tiene plenas facultades para fijar las cuotas que deben abonar los afiliados.-
Es decir que la causa invocada es inexistente y por ende la decisión tomada carece de fundamentación deviniendo nula.-
En una entidad de bien público no pueden tomarse decisiones arbitrarias y menos pretender basarlas en causas notoriamente inexistentes.-
Ante la sorpresa de la notificación el Presidente convocó a reunión de Consejo Directivo según el siguiente orden del día [se adjunta como instrumental letra “g”]: 1 – Informe de Presidencia, 2 – Análisis de lo Actuado por la Mesa Ejecutiva, 3 – Análisis de la situación actual con referencia al ajuste de los valores de las cuotas de la Medicina Prepaga en general, 4 – Análisis de decisiones a tomar sobre temas de ajustes y valores de los distintos planes de OSDE en función de la situación actual.-
El miércoles 21 de febrero de 2007 a las 17,30 horas se impidió al Sr. Presidente el ejercicio de la presidencia de la reunión y se manifestó que el Consejo se encontraba en conocimiento de las imputaciones existentes contra el Sr. Tesorero de OSDE pero que no se realizaría ninguna investigación. -
En otra demostración de arbitrariedad durante el transcurso de la reunión el Secretario se negó a levantar acta de lo ocurrido.-
En fecha 27 de febrero de 2007 se remitió al presidente y gerente general telegrama con el siguiente texto (instrumental letra “h”): “Conforme lo resuelto por la mesa ejecutiva de OSDE y la ratificación del consejo directivo notificamos su remoción a partir del día de la fecha como gerente general de esta institución por las razones invocadas en las reuniones de mesa directiva y consejo directivo mencionadas. Haberes pendientes y certificados laborales a su disposición”.-
Como consecuencia de lo anterior se requiere mediante acta notarial de fecha primero de marzo de 2007, el acta de Consejo Directivo correspondiente al 21 de febrero de 2007. El Secretario, Sr. Waisman nada responde y sí lo hace el prosecretario, Sr. Palacios quien pide tiempo: “… para consultar con sus abogados”. Destaca al Sr. Inspector General que hasta un recaudo mínimo como ser el acta de una reunión de consejo directivo requiere de consulta previa con los abogados del Sr. Prosecretario. (ver instrumental letra “k”)
Pero sin duda el punto mas grave lo constituye que una vez consultado con sus abogados: “… que el Acta solicitada no está pasada aún en el libro correspondiente …”.-
Ante el requerimiento: “… al Sr. Palacios el borrador del acta …, a lo que el Sr. Palacios dice que hoy no la va a entregar …”.-
Si tenemos presente que a tenor de lo expresamente dispuesto por el art. 39 inciso “a” del Estatuto, dicha acta debe ser levantada por el Secretario y suscripta por este y por el Presidente. La negativa del Prosecretario Palacios a entregar una copia de la misma constituye un claro abuso e incumplimiento de sus funciones.
Ello es una nueva prueba del obstáculo insanable que se está oponiendo al normal funcionamiento de los órganos de OSDE.-
Las conductas jurídicas y de hecho objetables mencionadas se ven reflejadas también en otros actos configurados por medidas de acción directa, también reñidas con la conducta que debe observarse en la dirección de una entidad de bien público.-
En efecto, tal como surge del acta notarial levantada el día 27 de febrero de 2007 los miembros de la Mesa Ejecutiva suspenden una video conferencia que había sido convocada: “Por intermedio de la presente la Mesa Ejecutiva y Apoderados de Administración Central invitan a una video conferencia con carácter Nacional a realizarse el Martes 27-2-07, a las 17 hs”.-
Como se acredita con el acta notarial 27 de febrero de 2007 (instrumental letra “j”) a las 17,05 horas se constata que se le niega el uso de la palabra y el prosecretario Palacios manifiesta que: “… la presente videoconferencia no se convocó para que hablara el presidente …”. Si se convocó para comunicar a la Mesa ejecutiva con alcance nacional y el presidente integra la mesa ejecutiva, no existe entonces motivo alguno, para negarle la posibilidad de expresarse.-
Ha resuelto la Inspección (RESOLUCIÓN Nº 1473/04): “En este orden de ideas, corresponde señalar que en las asociaciones civiles, la asamblea, es el órgano deliberativo por excelencia; por ello, se debe procurar que el debate se realice en un ámbito de respeto mutuo entre los asociados y con las formalidades normativas que resulten pertinentes. Lo contrario no sólo vicia el acto, sino que además conlleva al quebrantamiento del núcleo humano que despliega su actividad a través de esta figura jurídica, la cual garantiza el principio de raigambre constitucional de asociarse con fines útiles.
Siendo la asamblea de asociados un acto formal, ello explica que todas las etapas tendientes a la formación de la voluntad de la persona jurídica asociacional deben ser plenamente respetadas, desde su convocatoria hasta la exposición veraz de lo acontecido en la asamblea, pues como ha sido dicho en forma reiterada para las sociedades comerciales, pero plenamente válido para las entidades civiles, “Todas las etapas que confluyen a la regularidad del acto asambleario deben ser cumplidas estrictamente, porque todas ellas son formativas y conducen a la resolución final” ( CNCom, Sala A, Julio 7 de 1978 en autos “Facio Juan E. contra Alcira Facio de Crotto Sociedad en Comandita por Acciones”; ídem, Sala A, Octubre 27 de 1978, en autos “Graña Geremías contra Viedma SRL y otros”; ídem, Sala B, Mayo 19 de 1995, en autos “Noel Carlos Martín Marcelo contra Noel y Cía. SA sobre sumario”; etc. ). En tal sentido, ha sido dicho por esta INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA que “ Cuando acontece en cualesquiera de las etapas formativas o constitutivas de la asamblea, una violación de la ley, el estatuto o reglamento, puede afirmarse que la resolución final, aún que en sí misma fuese inobjetable, sufrirá inevitablemente las consecuencias de esta anomalía que la precedió, por cuanto el acto asambleario se integra con diversas etapas que constituyen y configuran una verdadera unidad funcional, sin relevancia jurídica separadamente consideradas” ( Resolución IGJ n° 265/01, Abril 10 de 2001 en el expediente “ Teba SA” ).
La ley 22.315 y su decreto reglamentario 1493 / 82 facultan a esta Inspección General de Justicia a abocarse al estudio de la presente denuncia atento sean entidades que tienen fiscalización estatal permanente.-

IV. VIOLACION AL ESTATUTO DE LA ASOCIACION Y DE LAS NORMAS .-
En síntesis, se han violado, ente otraas, de manera palmaria los siguientes artículos del estatuto a saber:
a) Artículo tercero: en cuanto se desvía el interés de beneficiar a los asociados en aras de un pequeño grupo “conservador” (ver nota de Ámbito Financiero, que se adjunta como instrumental letra “e”).-
b) Artículo séptimo: en cuanto a un grupo de tendencia religiosa conservadora, pretende cerrar la organización como lo demuestra el perfil de claro opositor al gobierno nacional, según las palabras del nuevo gerente general que designan, Tomas Amilcar Rodrigo Sánchez Bustamente, en la reunión de fecha trece de febrero de dos mil siete (ver instrumental agregada en letra “e”).-
c) Artículo trigésimo segundo: al impedirse la intervención del gerente de la mesa ejecutiva, celebrándose las reuniones a sus espaldas y con la presencia de extraños.-
d) Artículo trigésimo sexto: en cuanto la comisión revisora de cuenta no ha fiscalizado la administración ni el cumplimiento de las leyes, estatutos y reglamentos, incisos c y d, del artículo citado;
e) Artículo trigésimo octavo: en cuanto se ha impedido al presidente ejercer la presidencia de las sesiones de la mesa ejecutiva y del consejo directivo (inciso a) suscribir las actas de la mesa ejecutiva y consejo directivo (inciso d), que disponga junto con el tesorero de los fondos sociales (inciso e), la dirección y el mantenimiento del orden durante las sesiones (inciso f), que pueda velar por la buena marcha y la administración de la sociedad, observando y haciendo observar el estatuto (inciso g).-
f) Artículo trigésimo noveno: En tanto el secretario como el prosecretario no han levantado las actas de las reuniones del consejo directivo ni la mesa ejecutiva inciso “a” e inciso “b”, tampoco han comunicado al presidente las reuniones de la mesa ejecutiva.-
g) Artículo cuadragésimo: en cuanto el tesorero no ha controlado la buena marcha de la tesorería social y debería ser sujeto de investigación que sus “socios” de la comisión directiva lo protegen en perjuicio de OSDE.-
Por último no hay correcto llevado de libros a los cuales esta entidad se encuentra obligada a llevar por su carácter de entidad de bien público.-
Cabe recordar que no existe mayoría que permita violar el estatuto ni contrariar el fin de la entidad.-

V - LAS MEDIDAS DE PROTECCION QUE SOLICITA
Por todo lo expuesto a la Sra. Inspectora General se solicita la declaración de irregularidad e ineficacia a los efectos administrativos de las siguientes resoluciones que a continuación detallo (art. 6 inciso “f” de la ley 22.315).-
a) La decisión de mesa ejecutiva removiendo al Gerente General de fecha 13 de febrero de 2007.-
b) La reunión del Consejo Directivo de fecha 21 de febrero de 2007 por no haberse tratado el orden del día propuesto por el presidente y no haberse labrado el acta respectiva.-
Asimismo, pido se apliquen las sanciones que la Inspección General de Justicia estime corresponder en contra de las personas involucradas en los hechos denunciados y que surgirán de la tarea investigativa que lleve adelante la Inspección (art. 12 ley 22.315).-
Que la Inspección adopte las medidas que estime corresponder tendientes a regularizar los flagrantes incumplimientos y violaciones estatutarias incurridas.-
Se intervenga la Comisión Directiva hasta tanto se regularice la situación a través de una nueva elección de autoridades por parte de los afiliados (inciso “j” del art. 10 de la ley 22.315).-

V - INSTRUMENTAL AGREGADA
Se agrega la siguiente prueba instrumental:
(a) Copiar de mi cédula de identidad.-
(b) Copia de mi carnet de afiliación.-
(c) Copia de los carnets de afiliación de mi grupo familiar.-
(d) Copia del estatuto de OSDE.-
(e) Copia del acta notarial del 13 de febrero de 2007 donde se pretende destituir al Gerente General y su reemplazo por el Gerente de Relaciones Institucionales.-
(f) Copia del Diario Ámbito Financiero del 15 de febrero de 2007.-
(g) Convocatoria y orden del día para la reunión del Consejo Directivo del 21 de febrero de 2007.-
(h) Impresión del correo enviado convocando a la video conferencia del 27 de febrero de 2007 a las 17 horas.
(i) Acta notarial del 27 de febrero de 2007.-
(j) Copia del telegrama de fecha 27 de febrero de 2007.-
(k) Acta notarial del 1º de marzo de 2007.-
Saludamos a la Sra. Inspectora General con nuestra consideración mas distinguida.